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La Mezquita de Córdoba fue construida sobre la catedral de san Vicente de Córdoba, arrebatada por los musulmanes a los cristianos en el siglo VIII y restituida en 1236 a la Iglesia tras la liberación de Córdoba
La inmatriculación de la Mezquita-Catedral de Córdoba por la Diócesis en 2006 fue simplemente una notificación al Registro de la Propiedad, porque hasta 1998 la Iglesia Católica no tenía reconocido el derecho de tener inscritas sus propiedades en ese Registro. Los tribunales sentencian en 2015 que la Mezquita de Córdoba fue adquirida por la Diócesis mediante donación del rey Fernando III en 1236 y que desde entonces la Iglesia la ha poseido de manera pública pacífica y no interrumpida.
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Los musulmanes al invadir España en el siglo VIII se hicieron ceder iglesias para instalar sus mezquitas; como la Mezquita de Córdoba, construida sobre la catedral de san Vicente de Córdoba: en 748, obligaron a los cristianos a cederles la mitad de esa basílica para establecer allí la mezquita mayor de la ciudad, porque aún no tenían capacidad arquitectónica; en 785, Abderramán I, consolidado en el trono de Al Andalus como emir independiente, obligó a los cristianos a entregar la otra mitad de su catedral, donde coexistían ambos cultos por imposición islámica que ahora completan. En 786, derribó la Catedral para construir allí la Mezquita de Córdoba con alarifes (arquitectos) españoles y decoradores bizantinos de mosaicos, después fue ampliada varias veces por sus sucesores.
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El Ayuntamiento de Córdoba no tiene posibilidad legal alguna de inscribir a su nombre la Mezquita-Catedral, según la Asesoría Jurídica municipal
ReL [Zenit.] 12.03.2016
La titular de la Asesoría
Jurídica del Ayuntamiento, Mercedes Mayo,
emitió el pasado jueves, 10.03.2016, un informe en el que afirma
que el Ayuntamiento de Córdoba no tiene posibilidad legal
alguna de inscribir a su nombre la Mezquita-Catedral.
En su escrito, Mayo recuerda que dicho inmueble ya
está inmatriculado a nombre de la Iglesia Católica con
el título de Santa Iglesia Catedral en el Registro de la
Propiedad. El pronunciamiento de la titular de la Asesoría
Jurídica se debe a la petición de un grupo de personas que
presentaron hace unas semanas una iniciativa en el Registro del
Ayuntamiento de Córdoba para que este iniciara el procedimiento
de inmatriculación del templo.
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Los tribunales sentencian en 2015 que la Mezquita de Córdoba fue adquirida por la Diócesis mediante donación del rey Fernando III en 1236 y que desde entonces la ha poseido de manera pública pacífica y no interrumpida
ReL P. García-Baquero/ABC 10 junio 2015
El juez del Juzgado de Instrucción 6 de
Córdoba ha acordado el archivo de las denuncias presentadas
contra las inmatriculaciones de la Diócesis de diferentes
monumentos, al resolver que los hechos denunciados carecen
manifiestamente de contenido penal, dado que la
inmatriculación de bienes inmuebles por parte de la Diócesis
está amparada por la Ley Hipotecaria, según ha
informado el TSJA.
La instrucción del caso concluye que «todas las
inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la
legalidad vigente y que han sido supervisadas por los
registradores de la propiedad».
En ningún caso -indica el auto- se puede suponer la comisión de
delitos penales por parte de las autoridades, funcionarios o la
Diócesis de Córdoba. En este sentido, el auto del juez
señala que la Mezquita fue adquirida por la Diócesis mediante
donación del rey Fernando III en el año 1236 y, desde
entonces, ha sido poseida de manera pública pacífica y no
interrumpida en concepto de dueño.
Asimismo, en relación con el Triunfo de San Rafael, según la
asesoria jurídica del Ayuntamiento de Córdoba, no existe ningun
documento que acredite o sirva para acreditar que el monumento
perteneció en algún momento histórico al Ayuntamiento de
Córdoba. Como se aclara en el auto, el simple hecho de que se
utilicen servicios públicos en su limpieza o adecentamiento no
debe presuponer la titularidad de los bienes.
El Cabildo se congratula
El Cabildo de la Catedral de Córdoba se ha congratulado del auto
judicial. En un comunicado remitido a este periódico, el Cabildo
incide en que la inmatriculación de la Mezquita-Catedral de
Córdoba se realizó «en cumplimiento estricto de la legalidad
vigente y ha sido supervisada por los registradores de la
propiedad».
Y añade que la decisión «da la razón a los argumentos que el
Cabildo viene defendiendo desde hace más de un año y corrobora
que el titular del templo es la Iglesia desde hace ya casi 8
siglos mediante donación del Rey Fernando III en el año 1236 y
desde entonces ha sido poseída de manera pública y pacífica y
no interrumpida en concepto de dueño».
Por todo ello, el Cabildo confía en que, tras esta decisión de
la Justicia, «se ponga fin a la polémica sobre la titularidad
de la Catedral de Córdoba, antigua Mezquita».
Por su parte, el edil en funciones Carlos Baquerín declaró que
una vez que estudie la resolución judicial tiene «intención de
recurrir», puesto que no está de acuerdo en que se archive y
considera que «hay causa para que siga la instrucción». El
concejal de UCOR añade que «dado el calado del asunto, este
archivo disgusta».
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En 1991 la Junta de Andalucía reconoció la titularidad de la Iglesia sobre la Mezquita-Catedral de Córdoba. La inmatriculación del templo que tuvo lugar en el año 2006 fue simplemente una notificación en el Registro de la Propiedad, porque hasta 1998 la Iglesia Católica no tenía reconocido el derecho de tener registradas sus propiedades ante este Registro
ReL Aciprensa 4 febrero 2015
Ante las declaraciones de la presidenta de la
Junta de Andalucía, Susana Díaz, el Cabildo de la Catedral de
Córdoba envió un comunicado para recordar que en 1991
la Junta reconoció la titularidad de la Iglesia sobre
el templo, e indicó que asimismo toda la
legislación internacional y nacional avala que la
titularidad del templo pertenece a la Iglesia Católica desde
1236.
Y ha recordado que el Ministerio de Hacienda también lo hizo en
un informe publicado el pasado mes de abril en el que quedaba
demostrado que la propiedad del monumento pertenece a la Iglesia.
Por eso, desde el Cabildo animan al Ejecutivo andaluz a
respetar las leyes.
Además, la propia Junta de Andalucía firmó en 1991 un acuerdo
de colaboración con el Cabildo en el que el ejecutivo
autonómico reconocía por escrito que el Cabildo era el
titular del monumento.
En el comunicado el Cabildo explica de nuevo que la
inmatriculación del templo que tuvo lugar en el año 2006 viene
de una titularidad que se poseía desde 1236.
La inmatriculación no supone en ningún caso un cambio de
propiedad o una compra, sino simplemente una
notificación en el Registro de la Propiedad,
precisan ya que hasta 1998 la Iglesia Católica, al igual
que otras confesiones religiosas, no tenía reconocido el derecho
de tener registradas sus propiedades ante este Registro.
De esta manera, el Cabildo ha subrayado una vez más que la
supuesta supresión de la denominación mezquita de
su web es falsa ya que ésta aparece en 23 ocasiones.
Sin embargo insiste en que la denominación no es lo más
importante, sino que el templo se siga cuidando y conservando de
generación en generación como ha venido haciendo el Cabildo
desde hace más de 775 años, lo que ha permitido que se haya
mantenido en un perfecto estado de conservación.
La UNESCO reconoció el pasado mes de junio la buena gestión del
Cabildo y elevó la categoría del templo a Bien de Valor
Universal Excepcional.