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DE ESPAÑA..
La negociación de Zapatero
con la ETA de 2005 a 2007 y la siguiente.......HISTORIA
DE NAVARRA..
El Tribunal Supremo prohíbe a Bildu concurrir a las elecciones del 22 de mayo de 2011 y se lo permite a 9 agrupaciones de electores
DN EUROPA PRESS. Madrid. 01/05/2011
Un magistrado votó a favor de que pasaran algunas listas y se veta a alguna de las agrupaciones de electores impugnadas
Como ya ocurriera con Sortu, Bildu tampoco
podrá presentarse a las elecciones municipales y locales del 22
de mayo. Una hora antes de cumplirse las 00.00 horas, el plazo
dado para la resolución, la sala del 61 del Tribunal Supremo ha
anulado las 254 listas de la coalición formada por EA y
Alternatiba por una mayoría de nueve votos a favor, la misma que
ya impidiera a Sortu concurrir, frente a seis en contra. Uno de
los magistrados votó a favor de que algunas listas pasaran y
otras no y esta opción parcial será la que se aplique a las 19
agrupaciones de electores, pues el tribunal ha acordado estimar
parcialmente las impugnaciones presentadas contra ellas por la
Fiscalía y la Abogacía del Estado. La decisión del Alto
Tribunal puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional.
Fuentes del Tribunal Supremo han anunciado a las once de esta
noche del 1/05/2011, una hora antes de que terminara el plazo
máximo, que los recursos contencioso-administrativos presentados
contra la coalición electoral Bildu han sido estimados con el
voto a favor de nueve de los magistrados frente a seis en contra,
lo que obligará a cambiar al ponente de la sentencia, ya que el
inicial, Rafael Gimeno-Bayón, votó a favor de permitir a la
coalición concurrir a los comicios.
El nuevo ponente será Francisco Javier de Mendoza, y los seis
magistrados que han votado en contra de la mayoría suscribirán
un voto particular defendiendo que todas las listas de Bildu
deberían haber pasado. El magistrado José Manuel Sieira, por su
parte, redactará su propio voto señalando que algunas de las
listas deberían haber pasado el filtro.
El Tribunal ha estimado en su totalidad recursos
contencioso-electorales en los que la Fiscalía y la Abogacía
del Estado solicitaron la anulación de las 254 listas
presentadas por la coalición Bildu que consideran que
constituyen un fraude por ser en realidad un instrumento para
permitir la entrada a las instituciones de la ilegalizada
Batasuna.
UNA MARATONIANA JORNADA
Después de una maratoniana jornada que comenzaba pasadas las
10.00 horas de la mañana, el Supremo ha tomado esta decisión
tras sus deliberaciones sobre los recursos
contencioso-electorales en los que la Fiscalía y la Abogacía
del Estado solicitaban la anulación de las 254 listas
presentadas por la coalición así como de 19 agrupaciones de
electores en el País Vasco y Navarra.
Y es que tanto la Fiscalía como los servicios jurídicos
consideraban a la formación un vehículo de la izquierda
abertzale ilegalizada para tratar de mantenerse en las
instituciones democráticas, un "plan B", en
definitiva, tras la prohibición de la inscripción de Sortu del
pasado día 24 de marzo.
Precisamente la reanudación de las sesiones se producía
después de que el viernes, día en que Bildu presentó sus
alegaciones, el Supremo acordara por unanimidad ampliar en 24
horas el plazo para la presentación de más alegaciones tras las
quejas de la coalición por los plazos y para así
"garantizar el derecho de defensa". Bildu llevaba los
escritos al filo de las 00.00 horas del ya domingo, plazo
máximo, y los magistrados tenían entonces hasta las doce de la
noche para resolver sobre este asunto.
Nueve votos a favor, la misma mayoría que Sortu
Y finalmente la resolución ha llegado y, al igual que ocurriera
con el caso de Sortu, cuyo Registro de Partidos Políticos del
Ministerio del Interior fue impedido el día 24 de marzo, la
anulación de las listas de la coalición 'abertzale' se ha
producido también por una mayoría de nueve votos a favor,
aunque la anterior formación obtuvo siete votos en contra del
veto frente a los seis reunidos finalmente por Bildu.
Precisamente, y según fuentes del Supremo, a falta de
confirmación oficial, podría decirse que a favor de la
presencia de Bildu en las elecciones habrían votado los mismos
magistrados que se opusieron a la no inscripción de Sortu, y que
el magistrado que se constituía la novedad respecto de la
sesión del pasado 24 de marzo, Xavier O'Callagham, ha votado con
la mayoría.
Así, en contra de dejar a Bildu fuera de las elecciones habrían
votado Gonzalo Moliner, Alberto Jorge Barreiro, Manuel Alarcón,
José Luis Calvo Cabello, Juan Antonio Xiol Ríos y Rafael Gimeno
Bayón, mientras que la mayoría que ha anulado la listas de la
coalición formada por EA y Alternatiba la conforman el propio
presidente del Tribunal, Carlos Dívar y los magistrados Juan
Saavedra, Ángel Calderón, Carlos Granados, Ricardo Enríquez,
Aurelio Desdentado, Carlos Lesmes, Francisco Javier de Mendoza y
O'Callagham.
Los argumentos de la Fiscalía y la Abogacía
La Abogacía y la Ficalía ya presentaron sus recursos, basados
en informes policiales e intervenciones telefónicas, en los que
acusaban a la coalición de pertenecer al entramado de
ETA-Batasuna. Los servicios jurídicos del Estado defendían que
la alianza para la creación de Bildu fue un imperativo de la
banda terrorista y que dirigentes de Batasuna "de primer
nivel" pilotaron la configuración de las listas, por lo que
veía a la coalición como un "plan 'B' para
estar presente en los comicios".
Por su parte, la demanda registrada por la Fiscalía mantenía
que los pasos dados para crear Bildu son "fruto de una estrategia
paralelamente diseñada por ETA y Batasuna" para
concurrir a las elecciones y sortear la ilegalización de sus
distintas marcas.
Frente a estas tesis, Bildu negaba en sus alegaciones que
pretendiera convertirse en el "complemento y apoyo político
a la acción violenta de ETA" y aseguraba que es "un
hecho notorio" que las trayectorias políticas de EA y de
Alternatiba muestran "un inequívoco rechazo de la violencia
y el terrorismo" así como que los candidatos de la
coalición han suscrito un código ético "que incluye el
rechazo activo de la violencia". Argumentos que finalmente
no han??
El propio vicepresidente primero y ministro del Interior, Alfredo
Pérez Rubalcaba, declaraba esta pasada semana que Bildu, según
los propios informes de la Policía y la Guardia Civil,
"está en la estrategia de ETA" y que "algunos de
sus integrantes tienen una relación directa con la ilegal
Batasuna".
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Bildu era el plan B de Batasuna fruto de una estrategia paralelamente diseñada por la ETA
Libertad Digital 2011-05-01
Según las tesis de la Abogacía y de la Fiscalía, Bildu no sería más que un vehículo instrumentalizado por la izquierda abertzale ilegalizada para tratar de mantenerse en las instituciones democráticas. Sería el "plan B" de Batasuna tras la resolución del Tribunal Supremo que prohibió la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos el pasado 24 de marzo.
En concreto, la Abogacía defendía en el recurso presentado el martes que la alianza para la creación de Bildu (EA/Alternatiba) fue un imperativo de la ETA y que dirigentes de Batasuna "de primer nivel" pilotaron la configuración de las listas electorales.
Por su parte, la demanda registrada este jueves por la Fiscalía mantenía que los pasos dados para crear Bildu son "fruto de una estrategia paralelamente diseñada por ETA y Batasuna" para concurrir a los comicios y sortear la ilegalización de sus distintas marcas.
Frente a esta tesis, Bildu niega en sus alegaciones que pretenda convertirse en el "complemento y apoyo político a la acción violenta de ETA" y asegura que es "un hecho notorio" que las trayectorias políticas de EA y de Alternatiba muestran "un inequívoco rechazo de la violencia y el terrorismo" así como que los candidatos de la coalición han suscrito un código ético "que incluye el rechazo activo de la violencia".
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Bildu, novena marca abertzale a la que el TS veta el paso a las urnas
EFE. Madrid 01/05/2011
Tras la prohibición de la inscripción de
Sortu en el registro de partidos políticos, la decisión del
Tribunal Supremo (TS) sobre las listas de Bildu impugnadas por la
Fiscalía y la Abogacía del Estado ha convertido a esta
coalición en la novena marca abertzale vetada en unas
elecciones.
El último precedente es el de Sortu, formación a la que la Sala
del 61 del TS prohibió el pasado 30 de marzo inscribirse como
partido político al considerar probado el "intento de
fraude" de ETA y Batasuna por volver a las instituciones
"instrumentalizando" a esta nueva plataforma.
No obstante, fue la primera vez en la que la decisión del Alto
Tribunal no fue unánime y contó con un voto particular
discrepante, que firmaron siete de los 16 magistrados que
componen la Sala del 61 y que consideraron que sólo se puede
juzgar a un partido por sus conductas futuras y que no cabe su
ilegalización preventiva.
Con esta prohibición Sortu pasó a ocupar el número ocho en la
lista de las formaciones de la izquierda abertzale a las que el
Supremo ha impedido presentarse a unos comicios desde que
Batasuna fue ilegalizada en marzo de 2003, en aplicación de la
Ley de Partidos Políticos (LPP).
Desde la fundación en 1978 de Herri Batasuna la izquierda
abertzale ha usado hasta trece etiquetas distintas, pero Sortu
fue también la primera con la que pretendía volver a estar
presente en las instituciones tras rechazar la violencia
terrorista de ETA.
Sólo en dos citas electorales, en las autonómicas de 2005 y en
las municipales de 2007, pudo superar los filtros y conseguir,
con el Partido Comunistas de las Tierras Vascas y Acción
Nacionalista Vasca, respectivamente, representación en el
Parlamento vasco y en los Ayuntamientos, aunque finalmente ambas
formaciones fueron ilegalizadas.
Así, el Partido Comunista de las Tierras Vascas (EHAK-PCTV),
inscrito en el registro del Ministerio del Interior en septiembre
de 2002, poco después de aprobarse la Ley de Partidos,
consiguió superar todos los filtros y obtener 9 de los 75
escaños del Parlamento vasco. El partido, que nunca condenó los
atentados de ETA, fue finalmente ilegalizado en septiembre de
2008.
Acción Nacionalista Vasca (ANV), partido creado en 1930 y
"reactivado" para la ocasión, consiguió presentar
candidaturas en un buen número de municipios en las elecciones
de 2007, obteniendo concejales que aún se mantienen en sus
puestos, a pesar de que el partido terminó siendo ilegalizado al
año siguiente.
Las formaciones a las que el Tribunal Supremo ha impedido
presentarse a las elecciones en aplicación de la Ley de Partidos
son las siguientes:
- Autodeterminaziorako Bilgunea (AuB):
plataforma que intentó concurrir a las elecciones municipales de
2003. Sus listas fueron anuladas por los tribunales.
- Herritarren Zerrenda: el segundo intento de la
izquierda abertzale para ir a las urnas tras la ilegalización de
Batasuna, en este caso con ocasión de las elecciones europeas de
junio de 2004, también fue anulado por el Tribunal Supremo.
- Aukera Guztiak: esta agrupación electoral corrió la misma
suerte que las marcas anteriores y la Justicia impidió su
participación en las elecciones autonómicas de 2005.
- Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB): el
precedente de Sortu. La izquierda abertzale intentó inscribir
esta formación en el registro de partidos políticos en marzo de
2007, pero el Tribunal Supremo se lo prohibió y no pudo
concurrir a las elecciones municipales de mayo de ese año.
- Abertzale Sozialistak (AS): las listas de
estas agrupaciones electorales, creadas también para concurrir a
los comicios locales de 2007, fueron anuladas por los tribunales.
- Askatasuna: partido fundado en 1998, pero sin
actividad hasta entonces. La izquierda abertzale intentó que
fuera su marca en las últimas elecciones al Parlamento vasco,
celebradas el 1 de marzo de 2009, pero los tribunales lo
impidieron.
- Demokrazia Hiru Milioi (D3M): plataforma
electoral presentada en paralelo a Askatasuna. Corrió la misma
suerte que este partido y sus listas fueron anuladas.
- Sortu: el pasado 1 de abril de 2011 el TS
decidió prohibir su inscripción en el registro de partidos
políticos del Ministerio del Interior. La formación tiene
todavía la posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional
antes del próximo día 30.
- Bildu: el Supremo ha decidido hoy, 1.05.2011,
prohibir a la coalición integrada por EA, Alternatiba e independientes
abertzales concurrir a las elecciones del próximo 22-M,
aunque, como en el caso de Sortu, la decisión ha contado con el
voto particular de seis de los magistrados de la Sala del 61.
El TS también anuló también con ocasión de los comicios
europeos del 7 de junio de 2009 la lista de Iniciativa
Internacionalista- Solidaridad entre los Pueblos, aunque
finalmente pudo concurrir a las elecciones -en
las que no obtuvo representación- ya que el Constitucional
estimó su recurso y consideró que no había ni una sola prueba
de que la lista hubiera sido "orquestada" por la ETA.