17 enero 2020
Ruego a nuestros pastores que nos avisen de las indulgencias plenarias que se pueden ganar y que promuevan los actos que permiten ganarlas, para poder así sacar almas del purgatorio, o bien, si son indulgencias parciales las conseguidas, para poder abreviar y mejorar la situación de dichas almas del purgatorio. Practicando así la caridad de la forma más eximia, como enseñó el Papa san Pablo VI:
"Cuando los fieles ganan las
indulgencias en sufragio de los difuntos, realizan la caridad de
la forma más eximia, y al pensar en las cosas sobrenaturales
trabajan con más rectitud en las cosas de la tierra".
(San Pablo VI: Constitución Apostólica Indulgentiarum doctrina,
nº 8)
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El Decreto El don de la indulgencia de 29-1-2000 de la Penitenciaria apostólica contiene indicaciones de índole general sobre las indulgencias. En ellas se indica que esas tres condiciones requeridas para conseguir indulgencia plenaria, especialmente la confesión, pueden realizarse unos veinte días antes o después del acto indulgenciado.
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Dueante la Semana de oración por la unidad de los cristianos se puede ganar indulgencia plenaria.
Cada día se reza el rosario comunitariamente en la parroquia, con lo que se puede ganar cada día indulgencia plenaria y sacar a un alma del purgatorio cada día.
Cuando hay exposición del Santísimo se puede ganar indulgencia plenaria adorándole durante media hora.
Por ejemplo, también en la adoración nocturna se puede ganar indulgencia plenaria.
Etc.
Por favor, avisen de las indulgencias; reitero la súplica
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Hebdomada pro christianorum unitate [18
- 25 de enero]
Catholica Ecclesia Conditoris sui precem pridie quam
pateretur ad Patrem prolatam «ut omnes unum
sint» maxime cordi habet et ideo christifideles enixe
hortantur ut pro christianorum unitate assidue orent.
§ 1. Plenaria
indulgentia conceditur christifideli qui aliquot
functionibus in hebdomada pro christianorum unitate
participaverit et eiusdem hebdomadae conclusioni interfuerit.
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión
nº 11 § 1]
§ 2. Partialis indulgentia conceditur christifideli qui orationem legitime adprobatam pro christianorum unitate devote recitaverit (e.g. Omnipotens et misericors Deus).
Omnipotens et misericors Deus,
qui diversitatem gentium in unum populum per Filium tuum adunare
voluisti, concede propitius ut qui christiano nomine gloriantur,
qualibet divisione reiecta, unum sint in veritate et caritate, et
omnes homines, verae fidei lumine illustrati, in unam Ecclesiam
fraterna communione conveniant. Per Christum Dominum nostrum.
Amen.
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión
nº 11 § 2. Enchiridion de 1986, versión
española oficial de 1995, concesión nº 44].
Traducción oficiosa:
Semana por la unidad de los cristianos
[18 - 25 de enero]
La Iglesia Católica tiene máximanmente en su corazón la
plegaria que su Fundador dirigió al Padre el día antes de su
Pasión, «que todos sean uno», y, por ello, exhorta
constantemente a los fieles a orar asiduamente por la unidad de
los cristianos.
§ 1. Se concede indulgencia
plenaria al fiel cristiano que
participe en alguna de las celebraciones de la semana por la
unidad de los cristianos y que asista al acto final de la misma.
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión
nº 11 § 1]
§ 2 . Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que recite devotamente una plegaria, debidamente aprobada, por la unidad de los cristianos (por ejemplo, Dios omnipotente y misericordioso):
Dios omnipotente y misericordioso, que por
medio de tu Hijo has querido unir en un solo pueblo a gente tan
diversa, haz, te pedimos, que cuantos nos gloriamos de llamarnos
cristianos, rechazando toda división, seamos una sola cosa en la
verdad y en la caridad, y que todos los hombres, iluminados por
la fe verdadera, formemos una misma Iglesia, animada por la
comunión fraterna. Por Jesucristo nuestro Señor. Amén.
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión
nº 11 § 2. Enchiridion de 1986, versión
española oficial de 1995, concesión nº 44].
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NORMAS DE LAS INDULGENCIAS Enchiridion Indulgentiarum de 1999 [Manual de Indulgencias de 1999]
Para ganar indulgencias se requiere
estar bautizado, no excomulgado y en estado de gracia, al menos al finalizar el acto indulgenciado prescrito [Norma 17 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999, § 1; CIC 1983, can. 996 § 1; Enchiridion de 1986, n. 20 § 1. ]
tener intención por lo menos general de ganarlas [Norma 17 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999, § 2; CIC 1983, can. 996 § 2; Enchiridion de 1986, n. 20 § 2].
y cumplir las obras prescritas
Para ganar indulgencia plenaria se requiere
Excluir todo afecto a todo pecado incluso venial [Norma 20 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999, § 1: ID, n. 7; EI 1968, n. 26; Enchiridion de 1986, n. 23 § 1.
La realización de la obra indulgenciada con intención, al menos general, de ganar la indulgencia [Norma 17 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999, § 2; CIC 1983, can. 996 § 2; Enchiridion de 1986, n. 20 § 2].
Recibir la comunión, preferentemente el mismo día en que se realiza el acto indulgenciado, pero puede ser en un día próximo. Para cada indulgencia plenaria se requiere una comunión.
Recibir el sacramento de la confesión días antes o después; los criterios de los confesores varían hasta admitir que sea en las 2 semanas siguientes o anteriores. Una misma confesión vale para las indulgencias de todo ese período.
Rezar por el Papa y sus intenciones. Puede ser un padrenuestro junto con un avemaría, pero se concede a cada fiel la facultad de rezar cualquier otra oración. Para cada indulgencia plenaria se requiere cumplir este requisito de rezar por el Papa y sus intenciones. Puede esto cumplirse unos días antes o después de la ejecución de la obra prescrita: pero conviene que se realice el mismo día en que se cumple la obra.
Si falta la plena disposición, o si no se cumple [bien] la obra prescrita o las condiciones antedichas, la indulgencia será sólo parcial, salvo lo prescrito para los "impedidos".
-- Al fiel cristiano que, al menos
arrepentido interiormente, realiza una obra enriquecida con indulgencia
parcial, se le concede, por medio de la Iglesia, una
remisión de la pena temporal del mismo valor que la que
él mismo con su acción ya recibe.
[Norma 4 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999; Enchiridion de
1986, n. 6].
La obra prescrita para la obtención de una indulgencia plenaria aneja a una iglesia u oratorio consiste en la visita piadosa a este lugar, rezando el Padrenuestro y el Credo, a no ser que en algún caso especial se establezcan otras condiciones [Norma 19 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999, § 2; CIC 1983, can. 996 § 2; Enchiridion de 1986, n. 22].
[Las indulgencias se pueden aplicar por uno mismo o por un difunto. Por una persona viva, no. Por los vivos, se puede rezar, ofrecer sacrificios y encargar misas; y con todo ello se puede conseguir que Dios les dé gracias para que obren según la divina voluntad y para que hagan una confesión bien hecha y recuperen así la gracia santificante y para que reparen y remitan su pena temporal].
Las indulgencias no proporcionan el perdón de los pecados. Sirven para cumplir la reparación que hay que hacer por los pecados, una vez conseguido el perdón mediante el arrepentimiento y la confesión que quita los pecados.
[A los difuntos, si están en el purgatorio, las indulgencias parciales les van abreviando y mejorando su situación. La indulgencia plenaria aplicada a un difunto le libera del purgatorio y le lleva al cielo].
[Se puede ganar una indulgencia plenaria cada día; y por lo tanto, se puede sacar a un alma del purgatorio cada día].
La indulgencia plenaria sólo
puede ganarse una vez al día [Norma 18 § 1 del
Enchiridion Indulgentiarum de 1999].
Sin embargo, el fiel cristiano podrá alcanzar indulgencia
plenaria in articulo mortis, aunque el mismo día haya
ganado ya otra indulgencia plenaria.
La indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no
ser que expresamente se establezca lo contrario.
Indulgencia plenaria in articulo mortis [Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión 12] § 1. El sacerdote que administra los sacramentos a un fiel en peligro de muerte no omitirá darle la bendición apostólica con indulgencia plenaria § 2. Si un sacerdote no puede estar presente, Nuestra santa Madre Iglesia concede con bondad al fiel indulgencia plenaria in articulo mortis, siempre que esté bien dispuesto y que haya rezado habitualmente algunas oraciones en su vida; en este caso la Iglesia suple las tres condiciones habituales requeridas para la indulgencia plenaria. § 3. Para ganar esta indulgencia plenaria, se recomienda utilizar un crucifijo o una cruz. § 4. El fiel puede ganar esta indulgencia plenaria "in articulo mortis" incluso si ese día ya ha ganado otra indulgencia plenaria [Enchiridion Indulgentiarum de 1999, norma 18 § 2]. § 5. En la enseñanza catequética, hay que informar a los fieles frecuente y oportunamente de esta saludable disposición de la Iglesia [Enchiridion de 1986, n. 5]. |
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Son dignas de mención
especial las obras que permiten ganar indulgencia
plenaria cada día:
Indulgentiae plenariae cotidie lucrabiles
Indulgentiae plenariae in determinatis diebus concessae
3. Indulgentiae plenariae pro peculiaribus circumstantiis concessae
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Manual de Indulgencias 1986 1995, versión española oficial de 1995, Norma nn, concesión nº n,
Enchiridion Indulgentiarum de 1999, Norma nn, concesión nº n, §
Enchiridion Indulgentiarum de 1999 en latín y castellano
Manual de Indulgencias 1986 1995 [versión oficial en castellano]
Manual de Indulgencias 1986 1995 editado
Manual oficial en francés subrayado Enchiridion des indulgences 1999 2000
latín fran ENCHIRIDION INDULGENTIARUM quarto editur 1999
latín 1999 Enchiridion indulgentiarum quarto editur
Enchiridion indulgentiarum 1999 en español