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Con piel de lobo

Soberano

Enviado a InfoCatólica el 26.10.2018 a las 12:30.

Y publicado en http://www.infocatolica.com/blog/gobiendes.php/1810250801-ivox-si-vox-no-esa-no-es-la-c

Aunque el Compendio de Doctrina Social de la Iglesia de 2004 dice que el sujeto de la soberanía es el pueblo, no es la doctrina liberal del Pueblo Soberano porque en este Compendio, basándose en Santo Tomás de Aquino, la soberanía y su ejercicio están sometidos a la ley natural dada por Dios al darnos la naturaleza, es decir, sometidos a normas objetivas de moral (n. 393).

Aunque el Compendio de Doctrina Social de la Iglesia de 2004 dice que el sujeto de la soberanía es el pueblo, no es la doctrina liberal del Pueblo Soberano porque en este CDSI de 2004 la soberanía y su ejercicio están sometidos a la ley natural dada por Dios al darnos la naturaleza, es decir, sometidos a normas objetivas de moral, no es por lo tanto una soberanía absoluta, ni niega que el poder viene de Dios, puesto que afirma que viene de Dios incluso nuestra naturaleza, y el carácter de ser social de nuestra naturaleza humana y poner ahí la causa de que exista una autoridad política (n 393 del CDSI de 2004); basándose en Santo Tomás de Aquino.

Por lo tanto la doctrina social de la Iglesia en el s. XXI propugna una democracia regida por la moral objetiva, por la ley natural [que es ley divina: hay ley divina natural y ley divina positiva].

Coincide con lo formulado por santo Tomás en el s XIII como el mejor sistema político, donde aparece la democracia regida por la moral: gobernantes que gobiernen según "la justicia" [según la moral] y electorado popular que elija según "la justicia" [según la moral]. Esto último es muy importante y no se dice nunca; lo primero tampoco se practica, pero se dice a veces, al menos entre los católicos, como en este foro. Pero no se dice nunca que no nos es lícito votar a quien nos dé la gana, sino que es oblgatorio en conciencia que votemos a quien debemos votar, aunque sea sin ganas.

Y claro, la soberanía es de Dios. Y la Iglesia tiene en vigor en el s XXI la fiesta de Cristo Rey, y además con categoría de solemnidad. Y tendríamos que votar sólo a los que propugnen la Soberanía Social de Jesucristo. Y a algunos no nos da la gana de votar a quienes no la propugnen.

No hay ninguno que propugne la Soberanía Social de Jesucristo.

Y los que dicen en algún punto que van a hacer algo según la moral, en otros puntos se separan u oponen o nos pretenden torear una vez más, a ver si consiguen "representación parlamentaria", es decir un miserable escaño. Los otros, nos dicen que votarles a ellos es el voto útil, porque hay que unirse, etecé...

Pero el caso es que tenemos un voto, que damos aunque no votemos a los menos malos, porque en este caso reforzamos a los peores, o incluso no dando nuestro voto a los del voto útil.

Y ya aparece lo del mal menor. Votar a los menos malos o a los que pueden contrarrestar más a los más malos. Que no son los mismos. Pero es que tal como se ha practicado lo del mal menor, se ha convertido en una estructura de pecado, que ha hecho tragar cosas cada vez peores. La doctrina del mal menor es doctrina de la Iglesia. Pero es una estructura de pecado la praxis habitual de la doctrina del mal menor, incluso la praxis a la que nos inducen habitualmente alguno o muchos eclesiásticos, incluso muy importantes. Para una praxis correcta, antes de votar al menos malo, hay que proclamar el programa íntegro según la Soberanía Social de Cristo Rey.

y tendríamos que decirles muy alto a los de programas menos malos, que lo suyo son aberraciones inhumanas, y de ahí para arriba. Y engaños, falacias y burlas. Y que no creemos en ellos para nada. Y que edifican sobre arena y nos llevan a la ruina, pero que les vamos a votar [con asco, eso sí,] porque hay otros partidos aún más repugnantes y queremos y exigimos que los contrarresten.

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El reinado del laicismo y del liberalismo se terminará cuando, destruido ese reinado anticristiano por la segunda venida de Jesucristo y generalizada la devoción a su Sagrado Corazón, todos crean que Jesucristo es Dios y obren en consecuencia, también en la vida política, lo cual se producirá con toda seguridad tal como fue anunciado por el Concilio Vaticano II:

"La Iglesia, juntamente con los profetas y con el mismo Apóstol, espera el día, que sólo Dios conoce, en que todos los pueblos invocarán al Señor con voz unánime y le servirán hombro con hombro" (Nostra aetate, 4).

Lo que es proclamar con toda seguridad la confesionalidad de todos los pueblos y que obrarán en consecuencia obedeciendo a Dios en el futuro, la Cristiandad futura

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Dice el Compendio de Doctrina Social de la Iglesia de 2004:

393.- La Iglesia se ha confrontado con distintas concepciones de autoridad, teniendo siempre el cuidado de defender y proponer un modelo fundado en la naturaleza social de las personas: «En efecto, como Dios ha creado a los hombres sociales por naturaleza y ninguna sociedad puede conservarse sin un jefe supremo que mueva a todos y a cada uno con un mismo impulso eficaz, encaminado al bien común, resulta necesaria en toda sociedad humana una autoridad que la dirija; autoridad que, como la misma sociedad, surge y deriva de la naturaleza, y, por tanto, del mismo Dios, que es su autor».799 La autoridad política es, por tanto, necesaria,800en razón de las tareas que se le asignan y debe ser un componente positivo e insustituible de la convivencia civil. 801

395.- El sujeto de la autoridad política es el pueblo, considerado en su totalidad como titular de la soberanía. El pueblo transfiere de diversos modos el ejercicio de su soberanía a aquellos a quienes elige libremente como sus representantes, pero conserva la facultad de ejercitarla en el control de las acciones de los gobernantes y también de su sustitución, cuando ellos no cumplen de manera satisfactoria sus funciones. Si bien éste sea un derecho válido en cualquier Estado, el sistema de la democracia, gracias a sus procedimientos de control permite y garantiza la mejor actuación.803 El solo consenso popular no es todavía suficiente para afirmar que son justas las modalidades de ejercicio de la autoridad política.

803 Cfr. CA., 46.

804 Cfr. CONC. VAT. II, GS, 74.

b) La autoridad como fuerza moral

396.- La autoridad debe dejarse guiar por la ley moral: toda su dignidad deriva de ejercitarla en el ámbito del orden moral,804«que tiene a Dios como primer principio y como último fin». 805 En razón de la necesaria referencia a este orden de sus finalidades y de sus destinatarios, que la precede y la fundamenta, la autoridad no puede ser entendida como una fuerza determinada por criterios puramente sociológicos e históricos: «Hay quienes, en efecto, osan negar la existencia de una ley moral objetiva, superior a la realidad externa y al hombre mismo, absolutamente necesaria y universal y, por último, igual para todos. Por esto, al no reconocer los hombres una única ley de justicia con valor universal, no pueden llegar en nada a un acuerdo pleno y seguro».806 En este orden «si se niega la idea de Dios, estos preceptos necesariamente se desintegra por completo».807 Precisamente de este orden proceden la fuerza que la autoridad tiene para obligar808 y su legitimidad moral;809 no del arbitrio o de la voluntad de poder,810 y está obligada a traducir este orden en acciones concretas para alcanzar el bien común.811

805 PT, 47; Radiomensaje natalicio (24 de diciembre de 1944), 15; CEC., 2235.

806 MM 53

807 MM, 208.

808 PT, 47.

809 Cfr. CEC., 1902.

810 Cfr. PT, 48.

811 SP.

397.- La autoridad debe reconocer, respetar y promover los valores humanos y morales esenciales. Estos son innatos, « derivan de la verdad misma del ser humano y expresan y tutelan la dignidad de la persona. Son valores, por tanto, que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún Estado nunca pueden crear, modificar o destruir».812 Estos valores no se fundan en«mayorías» de opinión, provisionales y mudables, sino que deben ser simplemente reconocidos, respetados y promovidos como elementos de una ley moral objetiva, ley natural inscrita en el corazón el hombre (cfr. Romanos 2,15), y punto de referencia normativo de la misma ley civil.813 Cuando, por un trágico oscurecimiento de la conciencia colectiva, el escepticismo llegase a poner en duda hasta los principios fundamentales de la ley moral,814 la misma ordenación estatal quedaría desprovisto de sus fundamentos, reduciéndose a un puro mecanismo de regulación pragmática de los diversos y contrapuestos intereses.815

812 EV, 71.

813 Cfr. EV, 70; PT, 45.

814 SP.

815 Cfr. EV, 70; VS, 97 y 99; CONG. DOCT. DE LA FE, Nota sobre algunas cuestiones de los católicos en la vida política (24.2.2002), 5–6.

398.- La autoridad debe emitir leyes justas, es decir, conforme a la dignidad de la persona humana y a los dictámenes de la recta razón:« La ley humana en tanto es tal en cuanto es conforme a la recta razón y, en consecuencia, deriva de la ley eterna. En cambio, cuando la ley está en contraste con la razón, se le llama ley inicua; en tal caso cesa de ser ley y se convierte, más bien, en un acto de violencia».816 La autoridad que manda según la razón coloca al ciudadano en relación no tanto de subordinación respecto e otro hombre, cuanto, más bien, de obediencia al orden moral y, por tanto, a Dios mismo que es su fuente última.817 Quien rechaza obedecer a la autoridad que actúa según el orden moral «se revela contra el orden establecido por Dios» (Romanos 13,2).818 Análogamente la autoridad pública, que tiene su fundamento en la naturaleza humana y pertenece al orden establecido por Dios,819 si no actúa en orden al bien común, desatiende su fin propio y por ello mismo se hace ilegítima.

816 SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa Theologiae, I– IIae, q. 93, a. 3 as 2um: Lex humana intatum habet rationem legis, in quantus est secundum rationem rectam: el secundum hoc maniffetum est quod a lege aeterna derivatur. Inquantum vero a ratione recedit, sic dicitur lex iniqua: et sic non habet rationem legis, sed magis violentiae cuiusdam.

817 Cfr. PT, 50.

818 Cfr. CEC., 1899– 1900.

819 Cfr. CONC. VAT. II, GS, 74; CEC., 1901.