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El TSJC cambia en 2016 en sentencia firme los protocolos lingüísticos de la Generalidad de Cataluña y sus empleados podrán hablar entre ellos y con el público en castellano y en otros idiomas
LD Pablo Planas (Barcelona) jueves 2016-02-25
Los empleados públicos y funcionarios al
servicio de la Generalidad ya no están obligados a
dirigirse entre ellos y al público sólo en catalán.
Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha
anulado los aspectos más polémicos de los "protocolos"
lingüísticos de la administración catalana, los apartados en
los que se ordenaba que las conversaciones, reuniones, papeleo y
atención al público se llevaran a cabo exclusivamente en
catalán.
La sentencia data del pasado 9 de diciembre, se ha dado a conocer
este jueves y no sólo afecta a la sanidad catalana sino que es
extensiva a otras áreas de servicios y atención a los
ciudadanos. Entre las medidas anuladas destaca la relativa a la
obligación de utilizar el catalán como lengua de comunicación
oral así como al dirigirse a los ciudadanos durante su ejercicio
profesional. Según las normas autonómicas, los empleados
públicos y funcionarios debían utilizar el catalán en las conversaciones
presenciales, por teléfono, en los avisos de megafonía,
en las reuniones y "especialmente delante de terceras
personas, personal externo, usuarios y familiares de estos".
De esta forma y según la Generalidad, el personal del sector
público debía dirigirse siempre a los ciudadanos en catalán:
"Tanto si la conversación la inicia el usuario como el
trabajador, éste la mantendrá en catalán -independientemente
de la lengua que utilice el interlocutor- salvo que el usuario
manifieste dificultades para entender el catalán o pida ser
atendido en la otra lengua oficial".
En cuanto a la información o los servicios telefónicos, las
reglas de la Generalidad también han sido anuladas. El protocolo
disponía en este sentido que "las conversaciones
telefónicas siempre se deben iniciar en lengua catalana. En el
caso de las llamadas externas se han de responder con un saludo
en catalán que indique la institución (...) Si el usuario no
habla catalán pero lo entiende, se continúa hablando en
catalán. Si hay dificultades para entender el catalán, se puede
continuar la conversación en castellano".
Estas normas también afectaban a los ciudadanos, obligados a
rellenar en catalán los impresos y formularios dirigidos a las
instituciones o administraciones dependientes de la Generalidad.
Todas estas medidas han sido anuladas por el fallo porque
vulneran las leyes de cooficilidad lingüística y el derecho a
la libertad de expresión.
En 2012, uno de los profesionales del sector sanitario del
Hospital Joan XXIII de Tarragona recibió una comunicación de la
gerencia del Instituto Catalán de la Salud, de quien dependen
los centros públicos y concertados, con el denominado "Protocolo de usos lingüísticos para el sector
sanitario público en Cataluña",
una adaptación de las normas generales para los
funcionarios de la Generalidad y el sector público dependiente.
La organización "Impulso Ciudadano"
asesoró a este médico en la interposición de un recurso
contencioso administrativo que tres años después ha concluido
con una sentencia contraria a la
Generalidad, que no ha presentado recurso.