HISTORIA DE ESPAÑA
La época de los Austrias en España
HISTORIA DE NAVARRA
LAS CORTES DE NAVARRA
Como en todos los reinos de España, se
originan cuando los reyes convocan, además de a nobles y a
eclesiásticos, a representantes del estado llano,
las Cortes de Navarra se originan entre 1231 y
1328/1330
Navarra después de 1512, sigue siendo un "reino de por sí" con todos
sus fueros e instituciones, entre ellas sus Cortes. Se siguen
convocando incluso en las épocas absolutistas del despotismo
ilustrado y de Fernando VII en el primer tercio del siglo XIX.
Es el liberalismo y el nacionalismo que viene con él lo que suprime las
Cortes del Reino de Navarra, al suprimir el propio reino de
Navarra e imponer el centralismo.
Las Cortes son estamentales como lo es la sociedad. Se componen
del brazo eclesiástico (el primer Estado), el brazo
militar (o Estado nobiliario) y el Estado popular o brazo
de "las universidades", en el que figuraban
los representantes de las ciudades y buenas villas que tenían
derecho de asiento en Cortes, que eran en la Edad Media 23 y
llegaron a 38 en 1753.
Competencias: aprobación de las leyes, aprobación de los
impuestos y reparo de agravios o transgresiones de las
leyes.
Funcionamiento:
los Tres Brazos conjuntamente debatían los asuntos. Pero votaban
por separado como tres asambleas; cada Brazo definía su
posición por mayoría de votos. Y, para que hubiera
acuerdo de las Cortes, los Tres Brazos debían concordar.
Mandato imperativo: los procuradores debían votar
obedeciendo las instrucciones del municipio al que representaban.
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AMPLIACIÓN
ANTECEDENTES Y ORÍGENES MEDIEVALES
Como en todos los reinos de España, se originan cuando los
reyes convocan, además de a nobles y a eclesiásticos, a
representantes del estado llano, tras desarrollarse los
municipios en la primera mitad de la Plena Edad Media. Por eso,
las Cortes aparecen en la segunda mitad (siglos XII-XIII). Las
del reino de León, en 1188, que son el parlamento más antiguo
de Europa. Se discute si ya en 1160 hubo Cortes en Castilla.
Las Cortes de Navarra se originan en un proceso que tiene
lugar entre 1231 y 1328/1330
En 1231, Sancho VII el Fuerte convoca a
representantes de municipios junto a los de los otros estamentos
para aceptar su prohijamiento mutuo con Jaime I el Conquistador,
por el que intentaba convertir al rey de Aragón en heredero de
Navarra.
En 1328, sucesivas asambleas del reino, que
incluyen representantes de las buenas villas (del estado llano),
reconocen como reina a Juana II (1328-1349) casada con Felipe de
Evreux (Felipe III, 1328-1343), y van seguidas de la reunión de
los tres Estados en 1329 en la que son alzados
como reyes de Navarra tras jurar sus fueros,
y de la reunión de las Cortes en 1330 en la que
se establece el Amejoramiento del Fuero de Felipe III.
Quedan así ya regularizadas las reuniones de las Cortes.
LAS CORTES DE NAVARRA EN LA EDAD MODERNA
Navarra después de 1512, sigue siendo un "reino de por sí" con todos
sus fueros e instituciones. Entre ellas sus Cortes, que no sólo
se mantienen, sino que es en la Edad Moderna cuando desarrollan
más su actividad y sus competencias. Navarra desarrollará ahora
además otras instituciones autonómicas como la Diputación del
Reino.
Composición Las Cortes son estamentales
como lo es la sociedad.
En el primer Estado, el brazo eclesiástico, se
incluyen el obispo de Pamplona, el vicario general del obispado,
el deán de Tudela, el prior de Roncesvalles, el de los
caballeros Hospitalarios de San Juan y los abades de los
monasterios de Leire, La Oliva, Irache, Iranzu, Fitero, Urdax (y
en la época medieval el de Montearagón) y el administrador de
Marcilla.
El brazo militar, o Estado nobiliario, incluye
en primer lugar a los miembros de la alta nobleza, los nobles de
título, llamados en la Edad Media ricoshombres, y por otra parte
a la nobleza media, los caballeros, que son los dueños de los
"palacios de cabo de armería". Los títulos son media
docena en la época de los Austrias y los caballeros palacianos
con asiento en Cortes un centenar largo. La baja nobleza, la
multitud de hidalgos, no son convocados, aunque sus antecesores
medievales, los infanzones, tuvieron en sus Juntas, como la de
Obanos, un papel destacado en los antecedentes originarios de las
Cortes.
El Estado popular o brazo de "las
universidades" (universal o del común) estaba
compuesto por los procuradores representantes de las ciudades y
buenas villas que tenían derecho de asiento en Cortes, que eran
en la Edad Media 23 y llegaron a 38 en 1753. Los que representan
al estado llano son los procuradores de las ciudades con asiento
en Cortes, enviados con mandato imperativo (hasta 1621) por los
que las rigen, que, en la Edad Moderna, van siendo cada vez más
oligárquicos en algunos casos, y no "gobernantes elegidos
por el pueblo de entre el pueblo", como propugna santo
Tomás de Aquino.
Convocatoria: sigue correspondiendo a la
Corona representada por el virrey.
Se siguen convocando a lo largo de los tres siglos de la Edad
Moderna, incluso en las épocas del absolutismo borbónico y del
despotismo ilustrado e incluso en las épocas absolutistas de
Fernando VII en el primer tercio del siglo XIX.
En la época de los Austrias (XVI-XVII) se convocaron 62 veces.
En la de los Borbones del XVIII, 10 veces. Y tres más en el
primer tercio del siglo XIX.
Las últimas Cortes de Navarra como reino fueron las de
1828-1829.
Competencias:
Funcionamiento:
los Tres Brazos conjuntamente debatían los asuntos. Pero votaban
por separado como tres asambleas; cada Brazo definía su
posición por mayoría de votos. Y, para que hubiera acuerdo de
las Cortes, los Tres Brazos debían concordar.
Mandato imperativo: los procuradores debían votar
obedeciendo las instrucciones del municipio al que representaban.
Al final, ya se conceden poderes generales a los procuradores
para que no tuvieran que regresar una y otra vez a obtener nuevos
poderes.
Significado de las Cortes del Reino de
Navarra: representan al Reino ante su Rey, de modo que se
denominan abreviadamente "el Reino". Existe en el
claustro de la Catedral de Pamplona una puerta de entrada
"del Reino" en su sala de deliberaciones, la Puerta
Preciosa; y existe una "Marcha para la entrada del
Reino", que es el Himno de Navarra actualmente, y significa
la entrada de los representantes del Reino reunidos en Cortes.
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Pervivencia de las Cortes del Reino de Navarra
Bajo los Reyes Católicos y los Austrias, con todas las
distorsiones autoritarias renacentistas que van sobreviniendo,
todavía siguen siendo convocadas las Cortes frecuentemente, e
incluso obtienen nuevas competencias como éstas de las Cortes
del Reino de Navarra y de su Diputación. Felipe II con todo su
poderío coexiste con esta autonomía. Por eso, no se puede
calificar la Monarquía Hispánica del XVI y del XVII como
monarquía absoluta, sino todo lo más como monarquía
autoritaria en algunos momentos y en algunos aspectos.
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La monarquía se va haciendo absoluta con los Borbones del XVIII,
eso significa que las Cortes sean convocadas con menos
frecuencia.
FINAL DE LAS CORTES DEL REINO DE NAVARRA
Es el
liberalismo y el nacionalismo
que viene con él lo que suprime las Cortes del Reino de Navarra,
al suprimir el propio reino de Navarra e imponer el centralismo,
tras los primeros intentos con la Constitución de Cádiz en 1812
y 1820, definitivamente al vencer en la Primera Guerra Carlista
(1833-1840). Las últimas Cortes de Navarra como reino fueron las
de 1828-1829.
Lo mismo el nacionalismo españolista que el nacionalismo
antiespañolista del vasquismo son contrarios a la autonomía de
Navarra. No sólo tienen las mismas ideas, sino que es el mismo
nacionalismo aplicado a una u otra "Nación" o
"Pueblo", al que proclaman como soberano absoluto.
En el sistema autonómico actual establecido por la LORAFNA (Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento Foral de Navarra de 1982), el Parlamento de Navarra se denomina también Cortes de Navarra, pero no Cortes del Reino de Navarra.
Significado de las Cortes tradicionales del
Reino de Navarra: representan al reino ante su Rey. Es una
expresión de la autonomía política e incluso constitucional
que tenía el reino. La existencia de las Cortes desde la Edad
Media y su pervivencia en la Edad Moderna es también una
expresión todavía sin perfeccionar de la democracia
tradicional, la democracia como participación en el poder por
parte del pueblo constituido por todos los estamentos.
(Todavía sin perfeccionar, porque no participaban todos en la
elección).
Son un parlamento participativo, no un parlamento con poder
absoluto como en el parlamentarismo liberal, enraizado en la
doctrina del Pueblo Soberano.
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